¿Hay sobrerrepresentación de Morena en el Congreso? Esto dice la ley

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Esteban Bautista Hernández, negó que haya una sobrerrepresentación de Morena.

Por: ALBA ALEMÁN

Xalapa, Ver.-Tras las licencias de diputados de Morena para contender en el proceso electoral municipal, en estos días, más diputados de otros partidos se han sumado a su fracción, lo que ha generado cuestionamientos de la oposición sobre una sobrerrepresentación en el Congreso del Estado de Veracruz.

La ley establece que ningún grupo legislativo puede tener más de 30 diputados o diputadas, sin embargo, Morena tendría 32 con la reciente adhesión de dos legisladores que renunciaron al Partido del Trabajo (PT).

No obstante, la curul de Alejandro Porras Marín quedó vacante tras su designación como promotor de la Cuarta Transformación en el municipio de Huatusco. Su suplente, Luis Fernando Cervantes Cruz, titular de la Comisión de Agua del Estado de Veracruz (CAEV), no asumiría el cargo.

La segunda curul que se encuentra vacante es la de Daniel Cortina quien es promotor de la Cuarta Transformación en el municipio de Tuxpan. Su suplente Citlali Medellín Careaga también promotora por Tamiahua y no asumirá el cargo.

Explicó que técnicamente solo cuentan con 30 diputados en activo, esto con la reciente adhesión de Luis Vicente Aguilar Castillo y Dulce María Hernández Tepole, mientras los otros dos no cuentan.

“De la sobrerrepresentación todavía no podemos hablar hasta después de la contienda. Después de la contienda ya podemos hablar porque a lo mejor a los compañeros el resultado es otra cosa (…). Hay que esperar los resultados”, afirmó.

Cabe mencionar que diputados de la oposición como el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN) criticaron esta sobrerepresentación, advirtiendo que en los próximos días estarían determinando cómo proceder.

¿Qué es la sobrerrepresentación?

De acuerdo al Sistema de Información Legislativa, la sobrerrepresentación es la desproporción o distorsión que se puede presentar en el régimen de representación política del Poder Legislativo entre el número de espacios existentes y el número de habitantes representados en cierto tipo de extensión territorial, con efectos negativos en el criterio de igualdad individual de los votos.

Además, por sobrerrepresentación se entiende que un partido polítido obtiene, en función de determinados mecanismos electorales, un porcentaje de curules superiores al porcentaje de votos obtenidos o permitidos por la ley.