El valor de la Constitución

DR. EMILIANO CARRILLO CARRASCO  PÉNDULO POLÍTICO 

“El poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente. El aceptar a realidad y la fatalidad, por lo tanto negar la libertad de las autoridades, y por lo tanto desconfiar de la capacidad de saber ejercer prudentemente el Gobierno “Ortega y Gasset. El Estado constitucional da cuenta a los mecanismos de garantía de todos los órdenes de los derechos fundamentales. Las democracia constitucional no es entonces solo procedimental (Relativa al ¿Quién y cómo Manda?), sino también de contenidos (referida al que o que no debe mandarse). La designación por el INE o IEEM a las diputaciones plurinominales de acuerdo a la naturaleza del artículo 54 de la constitución y a la designación de 30 plurinominales. La acción desde los partidos políticos ante los tribunales electorales a la violación o fraude constitucional, la acción de medios de impugnación y a la resolución a la interpretación de los magistrados del TFE, sobre las argumentaciones de la sobre representación o sub- representación del partido Mayoritario. Y al engaño de la coalición de la regla de no deberá sobrepasar más del 8 puntos porcentuales y a la maquinación de las coalición en simulación de la sobrerrepresentación de los 8 puntos porcentuales del artículo 54 de la constitución. Ningún partido debe tener más de 300 diputados. Art 54 CEUM, Transferencia de votos. No debe haber fraude a la constitución.

La pluralidad política del congreso local Edomex y plurinominales .La resolución serán válidas, definitivas e inatacables, esto es, no abra recurso alguno el Amparo. Las diputaciones plurinominales designadas por el consejo electoral del Edomex , a Morena le corresponden 6 plurinominales más 29 ganados un total de 35 de las 75 , el PT contará con 8 , 5 de mayoría y tres de RP; PVEM con 10, de los que seis son de mayoría y cuatro de RP. El PRI tendrá 9, de los cuales son 2 ganados 7 de RP “EN EL 2021 TENÍAN 24 DIPUTADOS “; El PAN suman 7 en el 2011 tenía 11 de los que 3 ganaron y 4 de RP; el PRD 2 de RP. A Movimiento Ciudadano 4 RP. La acción al fraude de la constitución conforme a la laguna de la forma de los convenios de coalición y a la trasferencia de diputados, para no violentar el artículo 54 de la constitución. El sistema de partidos políticos y sus formas de coalición en candidaturas comunes o parciales. La realización de los convenios y a la laguna del como evadir la sobre representación a través de estos convenios, lo cierto que no hay grupos parlamentarios “Pt, PVEM Y Morena “solo uno, es solo Morena o 4T. la lista nominal de más de 13 millones de electores , más de 17 millones de pobladores , sus 125 municipios con sus tipologías propias , y sus 45 distritos electorales de acuerdo al número de habitantes .

El Código Electoral del Estado de México, en el artículo 369, diputados de representación proporcional que corresponda a cada partido político, se hará alternando, los candidatos que aparezcan en la lista presentada por los partidos políticos y los candidatos que no habiendo obtenido la mayoría relativa, hayan alcanzado la votación, en números absolutos, más alta de su partido por distrito. El resultado electoral de una votación del más del 61% de acuerdo a cada tipología de cada municipio en forma absoluta gano la coalición “Morena ,Pt y PVEM “ de la respuesta ciudadana que favoreció el voto oculto y a las circunstancias sembradas desde el primer activista del voto el poder ejecutivo federal a sus programas sociales , así como, a falta de una oposición flexible que no fue capaz de interpretar e estado de animo de la población , en poder dar confianza a las políticas centralistas de poder circular y de una elite que no dio valor agregado regional .
La pérdida de más de 500 mil votos del PRI (2024 ) , en relación de la elección del (2021) que obtuvieron 2 millones de votos ,así como el PAN , pierde su corredor AZUL por reciclar cuadros y el tema de la reelección , por ejemplo se pierde Naucalpan y Tlalnepantla .

El TEEM está en la mesa, el tema de la paridad de género de la regla 50/50, donde ese podrían caerse varias diputaciones de PR. Y CORREGIR DESIGNACIONES la regional del Tribunal Federal electoral. Y muchos todavía no mandan a enmarcar sus constancias porque no están tan seguros. El tribunal electoral es el órgano público autónomo de carácter permanente con personalidad jurídica, independiente de sus decisiones y máxima autoridad jurisdiccional y su competencia. El antecedente del fraude constitucional sobre la representación en 2018 y 2024 el segundo tsunami de votos a favor de una Imagen de activista electoral como factor determínate de la elecciones; así como a través de los convenios de coalición engañar a la constitución del concepto de la sobre representación de los partidos políticos de la regla general del 8 puntos porcentuales. A la designación de diputados con la fórmula de coaliciones engañosas, para evadir la regla de los 8 puntos porcentuales, y que ningún partido político podrá tener más de 300 diputados. La pluralidad democrática en el pacto del Estado en consolidar los avances democráticos desde la reformas en materia electoral. Y la forma de gobierno a través del sistema de partidos políticos de nuestra Democracia y a sus derechos políticos electorales conforme al artículo 35 de la CEUM.

La diputación del profe Maurilio Hernández González por la paridad de género de Morena. La abrumadora mayoría que tendrá en el Congreso local y el respaldo de casi 90 municipios en el 2025, donde el PRI TENIA CON SU Coalición 79 (2021), las minorías opositoras al gobierno en turno representado por Delfina Gomez y Horacio Duarte. La legitimidad esta de Hecho, ahora en la consolidación de la gobernabilidad, a los temas de seguridad, salud, educación, gobernanza. La agenda la pone el poder del ejecutivo y el legislativo determina y el judicial al control de este poder a través de dos poderes y control. Lo había dicho en política solo cuentan los errores y si no hay comunicación de liderazgo más grave. Eso se llama tecnocracia del poder sin cuerpo y alma.

 

.https://youtu.be/-YrsiLnujEE?si=UaZLb3lo9xFxq41b

https://www.supremacorte.gob.mx/sites/default/files/cpeum/documento/2020-06/CPEUM-054.pdf